¿QUÉ HACER TRAS RECIBIR UN REQUERIMIENTO DE HACIENDA?

Asesoría Fiscal BarcelonaEstos procedimientos se inician habitualmente mediante la notificación por correo administrativo en el domicilio del cliente. Al respecto debe tenerse presente que si la notificación no es recogida en ese momento o posteriormente en la oficina de Correos, la Agencia Tributaria puede comunicarla a través de publicación mediante edicto, lo que puede provocar que el afectado no tenga conocimiento del inicio de la comprobación hasta etapas más adelantadas, ya sea cuando exista una liquidación dictada por Hacienda o incluso en el momento en que se embargan cuentas bancarias del cliente, al no haber tenido conocimiento previo de las diversos intentos de notificación. Por ello es muy importante confirmar que la dirección fiscal que disponga Hacienda a efectos de notificaciones sea correcta. En determinados casos en que el cliente tiene problemas en la recepción de notificaciones, es muy aconsejable inscribirse en el sistema de notificaciones electrónicas, de manera que estas lleguen directamente por vía telemática. Esto es especialmente indicado para no residentes.

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